Como ya le hemos venido informado, se aprobaron dos Resoluciones en el DOGC por las cuales se activan la línea de ayudas dirigidas a los comercios de más de 400 m² y establecimientos ubicados en centros, galerías y recintos comerciales que han tenido pérdidas debidas al cierre del 7 al 24 de enero, en concreto:
Las ayudas tiene por objeto reactivar el sector del comercio al detalle ante los efectos causados por el cierre decretado por la Resolución SLT/1/2021, de 4 de enero, mediante la que se adoptaron una serie de nuevas medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio catalán.
Nuevo plazo
Pues bien, ahora el plazo para solicitar la línea de ayudas dirigidas a los comercios de más de 400 m² y establecimientos ubicados en centros, galerías y recintos comerciales que han tenido pérdidas debidas desde el 7 de enero, se ha ampliado hasta el 10 de febrero. Además, se ha ampliado el importe que se otorgará a aquellas solicitudes que cumplan los requisitos. De 6.000 a 8.500 euros.
Si ya ha pedido la ayuda, no hace falta que la vuelva a pedir. Si no la ha pedido todavía, tienes hasta el 10 de febrero para solicitarla.
¿A quién va dirigida la ayuda?
A los establecimientos comerciales de productos no esenciales de más de 400 metros cuadrados y en las tiendas de productos no esenciales de centros, galerías y recintos comerciales, cerrados desde el 7 de enero debido a las medidas de contención para hacer frente a la COVID-19.
¿Cuál es la cantidad?
8.500 euros.
¿Cómo se solicita?
De forma telemática. A la solicitud deberá adjuntarse:
- Una declaración responsable acreditando que se cumplen los requisitos.
- Dos fotografías del establecimiento (una del interior y una de la fachada).
Los solicitantes podrán consultar si se les ha otorgado la ayuda al tablero electrónico de la Generalidad. Estas ayudas se pueden acumular a otras subvenciones o ayudas públicas y / o privadas ya solicitados.
Más información: Ver trámites
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